miércoles, 25 de septiembre de 2013

Ampliado el plazo de solicitud de ayudas para la innovación empresarial

Financiación de proyectos de carácter innovador para la empresa basados en desarrollo o modificación de productos o procesos, mediante la incorporación, adaptación de tecnología o compra de bienes de equipo.

Los proyectos deben tener como objetivo la mejora de productividad, la eficiencia, la reducción de costes de producción, la minimización del consumo energético o la reducción del impacto ambiental asociado al proceso productivo.

El plazo de presentación de solicitudes se ha ampliado hasta el 15/10/2013


Beneficiarios
  • Empresas con sede social o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana y que desarrollen el proyecto en este ámbito geográfico. Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas, y en general, las entidades sin ánimo de lucro.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que reúnan las condiciones de empresa en crisis según se definen en las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales de Salvamento y Reestructuración de Empresas en Crisis (DO C 244, de 01.10.2004), y tampoco aquellas cuya actividad esté relacionada con:
    • Los sectores de la pesca y la acuicultura según se contempla en el Reglamento (CE) núm. 104/2000 del Consejo (DO L17, de 21.01.2000, p.22),
    • La producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del anexo I del Tratado CE, el sector del carbón, según se define en el Reglamento (CE) núm. 1407/2002.
  • Para el ejercicio de su actividad las empresas beneficiarias deberán disponer de las autorizaciones administrativas preceptivas, encontrarse inscritas en los registros públicos pertinentes, y cumplir con cualesquiera otros requisitos exigidos por las disposiciones aplicables.
  • En especial, las empresas beneficiarias deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, y de la Ley 9/2003, de 2 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
  • No podrán obtener la condición de empresas beneficiarias las empresas solicitantes en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.






Requisitos de los proyectos

El presupuesto total subvencionable deberá ser superior a 15.000 euros e inferior a 175.000 euros.

Los proyectos deberán tener un plazo máximo de ejecución de 5 meses desde la fecha de la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda.

Cada empresa podrá presentar únicamente un proyecto para esta convocatoria del programa. En caso de presentar varios diferentes, se procederá a evaluar el último siguiendo el orden de registro de entrada, desestimando los anteriores.

Por proyecto se entiende cualquier iniciativa de gasto o inversión, sobre una operación o activo concreto, que vaya a realizarse en un plazo determinado y que, de forma individual o combinada, tenga un sentido empresarial, sin perjuicio de que esa iniciativa pueda integrarse, en su contenido o en el tiempo, en un plan mayor. Los proyectos deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2013 y finalizar el 30 de mayo de 2014 u otra fecha posterior aprobada por resolución del director general del IVACE.Los proyectos deberán tener carácter innovador desde el punto de vista del tamaño, características o sector de actividad de la empresa, y perseguir el desarrollo de nuevos productos o servicios –o la modificación de estos o de sus procesos de producción– mediante la incorporación, adaptación de tecnología o compra de bienes de equipo, sin excluir soluciones informáticas o nuevos sistemas de almacenaje o logística.

Asimismo el objetivo de los proyectos debe pretender la mejora competitiva de la empresa a través de la obtención de productos nuevos, mejorados o adaptados a nuevos mercados, la mejora de productividad, la eficiencia, la reducción de costes de producción, la minimización del consumo energético o la reducción del impacto ambiental asociado al proceso productivo.

Los proyectos deberán realizarse en el territorio de la Comunitat Valenciana y mantenerse en ese espacio geográfico.
  

Actuaciones apoyables
Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables, de las que se proporcionan algunos ejemplos, sin que la relación pueda considerarse exhaustiva o excluyente:

- Innovación en procesos:
Adaptación en la empresa de tecnologías avanzadas de producción ya existentes en otros sectores o industrias.

- Innovación en producto: Desarrollo de nuevos productos que mejoren la oferta de la empresa, la amplíen o la adapten a exigencias de nuevos mercados.
 
- Innovación en gestión:
Implantación en la empresa de ERP o metodologías orientadas a la reducción de costes, sistemas de control logístico tipo RFID, sistemas de lean manufacturing.

A título informativo y no exhaustivo no serían apoyables, por no concluir en un nuevo producto o proceso productivo, los proyectos cuyo resultado final sea del tipo de los que se relacionan a continuación:

  • Asesoramiento inicial previo para selección de opciones, si no concluye con la definición o la implantación efectiva de sistemas de almacenaje, logística u otros procesos.
  • Valoración de propiedades de productos mediante ensayos.
  • Implementación de un Sistema de Vigilancia Tecnológica.
  • Estudio de diferentes soluciones para eliminación de un problema determinado en los productos o procesos de la empresa.
  • Estudios de viabilidad.
  • Caracterización del comportamiento de productos o procesos.
  • Acciones de comunicación, imagen, marca, marketing y presentación de productos.
  • Valoración de nuevos mercados o acciones de comercialización.
 


Tipo de ayuda
Las ayudas se materializarán en:

1. Préstamo bonificado de hasta el 100% del coste elegible del proyecto, con un límite máximo de concesión de 40.000 euros por beneficiario, a un interés del 0% con devolución en dos plazos.

2. Subvención a fondo perdido equivalente al 20% del préstamo bonificado, con un máximo de 8.000 euros por beneficiario.

Las ayudas están sujetas al régimen de minimis, por lo que la ayuda total de minimis recibida por la empresa no deberá ser superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Si el beneficiario opera en el sector del transporte por carretera, la ayuda total de minimis no podrá superara los 100.000 euros durante ese mismo periodo.

A efectos de valorar si se supera la cantidad máxima establecida por minimis, se considerará la subvención equivalente resultante de la combinación de préstamo bonificado más subvención, que será notificada a la empresa antes de la concesión definitiva.



Costes subvencionables
Servicios externos.   - Ingeniería
   - Consultoría técnica y diseño
   - Contratación de Centros de Investigación
   - Contratación de servicios de laboratorios de ensayo

Adquisición de activos materiales   - Bienes de equipo.

Adquisición de activos inmateriales   - Patentes, licencias, know-how, software.



Plazos y Esquema General
  •  Solicitud de la ayuda
  • Preevaluación por IVACE de todos los proyectos
  • Comunicación a las empresas con preevaluación positiva para aportación de:
    • Declaración de otras ayudas minimis
    • Compromiso de aval financiero. 
  • Resolución de concesión de la ayuda y notificación a la empresa.
  • En el plazo máximo de 5 meses después, la empresa aportará:
    •  
      • Facturas de ejecución del proyecto
      •  Memoria explicativa de los resultados conseguidos
      • Aval financiero por el 100% del préstamo.
  • Tras el análisis y visto bueno de los gastos, se desembolsará el préstamo, que deberá reintegrarse en dos plazos:

    1) 50% del préstamo, el 30 de noviembre de 2014
    2) y el 50% restante , el 30 de mayo de 2015, o en las fechas que posteriormente se determine.

  • En el plazo máximo de un mes después del desembolso del préstamo, la empresa deberá pagar los gastos del proyecto y aportar los justificantes necesarios para acreditar el pago de las facturas. ·  Posteriormente a la devolución del préstamo, se concederá la subvención del 20%.

martes, 24 de septiembre de 2013

Nuevo enlace con PrestaShop

SQL Commerce ofrece también un enlace a Prestashop, de forma que podrá elegir esta plataforma para gestionar y diseñar su tienda online. Prestashop es una herramienta que soluciona fácilmente las necesidades de cualquier comercio electrónico; una de sus grandes ventajas es la concepción modular, lo que convierte a esta plataforma en un sistema de gestión de contenidos tremendamente ampliable y dinámico. En muy poco tiempo podrá tener sus productos en Internet gestionando toda la información a través de una herramienta de autogestión accesible desde cualquier ordenador con acceso a Internet.

martes, 3 de septiembre de 2013

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo apoya con 10 millones de euros el asesoramiento a pymes sobre comercio electrónico

  • Se ofrecen dos posibilidades de financiación: servicios de asesoramiento especializado y la implantación de soluciones tecnológicas de comercio electrónico.
  • Solmicro es uno de los proveedores homologados y la subvención, que llega a 36.000 euros de los cuales el 85% es a fondo perdido, hay que solicitarla antes del  7 de Octubre.
  • El programa se enmarca dentro del Plan TIC en Pymes y Comercio electrónico” que prevé la Agenda Digital para España, orientado a conseguir que las empresas realicen un uso más eficiente e intensivo de las tecnologías digitales.

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la entidad pública Red.es, ha puesto en marcha el programa ‘Mentoring en Comercio Electrónico’, que tiene como objetivo financiar servicios de asesoramiento especializado o ‘mentoring’ en comercio electrónico a pymes de las comunidades autónomas destinatarias de fondos FEDER.

El programa ofrece dos posibilidades de financiación. El primer grupo consiste en la concesión de ayudas para recibir servicios de asesoramiento especializado e individualizado en materia de comercio electrónico (normativa legal, soluciones tecnológicas, medios de pago, aspectos logísticos y de marketing) con el objetivo de impulsar el potencial de cada pyme y posicionarla estratégicamente en el mercado online.

La segunda posibilidad estipula la concesión de ayudas de cara a la implantación de soluciones tecnológicas de comercio electrónico a los beneficiarios del primer grupo que hayan completado y cumplido todas las obligaciones derivadas de las bases.

En la primera convocatoria de este programa, que data de 2011, se beneficiaron 89 empresas, lo que ha supuesto una inversión pública de casi 4 millones de euros. Con esta nueva convocatoria, se pretende conceder ayudas a unas 350 pymes, con un presupuesto de 10.384.745 euros.


Criterios para el otorgamiento de las ayudas

Según recogen las bases de la convocatoria, los criterios para poder obtener ayudas del programa ‘Mentoring en Comercio Electrónico’ son:
  • Tener una plantilla de entre 0 y 250 empleados, y un volumen de negocios anual que no exceda de 50 millones de euros.
  • Haber sido constituida con antelación a la publicación de las correspondientes bases.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003.
  • No tratarse de una empresa de naturaleza pública o con accionariado de dicha naturaleza.
  • Que la ubicación en la que se prestarán los servicios y/o se implantarán las soluciones tecnológicas objeto de la ayuda esté establecido en alguna de las siguientes ciudades y comunidades autónomas: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Ceuta, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Islas Canarias, Melilla, Murcia y Navarra.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como del pago de las obligaciones de rembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • Disponer de una página web propia del negocio y operativa, al menos, desde el momento en que se presenta la solicitud.
  • No haber sido beneficiario de la anterior convocatoria denominada “Programa de Asesoramiento a PYMEs en Comercio Electrónico B2C” C-068/11-CD.


La Agenda Digital para España impulsa las empresas en Red

El Programa de Mentoring en Comercio Electrónico que impulsa el Ministerio de Industria, Energía y Turismo se encuadra en los convenios recogidos en el “Programa de Impulso de la Empresa en Red” (PIER) y en el “Plan de TIC en Pymes y Comercio electrónico” que prevé la Agenda Digital para España.

La Agenda Digital para España adopta los objetivos de comercio electrónico de la Unión Europea para 2015 y establece objetivos adicionales específicos para España. Para ello establece el Plan de TIC en pyme y comercio electrónico, orientado a conseguir que las empresas realicen un uso más eficiente e intensivo de las tecnologías digitales, transformando así sus procesos y estructuras, en aras de mejorar su productividad y competitividad.

El Plan se articula en tres ejes: incentivar el uso transformador de las TIC en las pymes, fomentar el uso de la factura electrónica e impulsar el comercio electrónico a través de un programa de asesoramiento a empresas, como el ‘Mentoring’.


El ‘Mentoring’ como herramienta de trabajo

El llamado ‘Mentoring’ es una técnica de asesoramiento que consiste en que una persona (mentor) transfiere a otra sus conocimientos y experiencias en una materia o tema determinado, en este caso, sobre comercio electrónico.

Esta herramienta está destinada a desarrollar el potencial de las personas o pymes, basada en la transferencia de conocimientos y en el aprendizaje a través de la experiencia. Todo ello en un proceso individualizado y relación personal entre el mentor que guía y el receptor.

Para seleccionar a las entidades colaboradoras que prestarán los servicios de ‘mentoring’ a las pymes beneficiarias, Red.es publicó las correspondientes invitaciones públicas. Cada pyme beneficiaria seleccionará la entidad colaboradora homologada que prestará dichos servicios de asesoramiento.